Como una injerencia “ilegal” y posible intento de censura calificaron los juristas la nueva directriz expedida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), entidad adscrita al MinTic, que requiere a los medios información sobre sus políticas y dinámicas editoriales. En el oficio, remitido a los principales canales que hacen uso del espectro, la CRC exige que le informen “cuáles son las políticas internas, directrices o prácticas que aplica el canal para garantizar que la información difundida en espacios periodísticos y noticiosos cumplan de manera simultanea” los criterios de imparcialidad, objetividad y veracidad.Órdenes del Consejo de Estado a la CRC y al Presidente por ‘monopolizar’ el debate con alocuciones Foto:ArchivoAsí mismo, documentos internos como manuales, guías, reglamentos, procedimientos o protocolos editoriales vigentes sobre la producción y emisión de contenidos informativos. Y la forma de selección de los contenidos informativos y noticiosos que se emiten, incluyendo los criterios de valoración utilizados en la elección de temas, fuentes y enfoques. Los medios requeridos deben anexar los soportes documentales de las reuniones, comités o consejos editoriales en los que se adopten dichas decisiones, información que hace parte de los procesos internos protegidos por la libertad de prensa y amparada en normas como la Ley 182 de 1995 y en tratados internacionales, entre ellos la Declaración de Chapultepec.Para el exmagistrado de la Corte Constitucional Antonio José Lizarazo, esta orden es una intromisión indebida en un asunto interno de los medios, que es de su total autonomía. En consecuencia, puede considerarse como una medida de intimidación que afecta la libertad de información”. LEA TAMBIÉN Un expresidente de este alto tribunal advirtió que, desde el mismo planteamiento de las órdenes, “hay dudas”, pues no se precisa en qué actuación la CRC, mediante una petición formal, planteó estas directrices. Además, señaló que, de acuerdo con la Constitución y los tratados internacionales, la comisión estaría asumiendo facultades que exceden lo dispuesto por la ley.En ese sentido, recalcó que si bien puede existir un control posterior sobre los contenidos emitidos por los canales, hacerlo de manera previa implicaría un riesgo de censura. Por lo tanto, advirtió, “es altamente demandable” y el propio Consejo de Estado podría llegar a decretar medidas cautelares.Gustavo Petro, presidente de Colombia – CRC Foto:Presidencia – CRCEl penalista Francisco Bernate comparte su criterio y advierte que la solicitud de la CRC “puede interpretarse como censura —al menos en su forma indirecta— si una autoridad administrativa exige a los medios acceso a actas, deliberaciones y procesos internos de decisión editorial, o condiciona con esas exigencias su línea o contenido. La libertad de información protege no solo la difusión sino también la autonomía editorial, prohíbe controles sobre contenidos y desconfía de cargas que, bajo apariencia regulatoria, produzcan efectos inhibitorios en las salas de redacción”. El jurista consideró que “la intervención estatal solo sería compatible con la Constitución si tiene base legal clara y precisa, persigue un fin legítimo como la protección de audiencias mediante reglas generales neutrales al contenido, supera un test estricto de necesidad y proporcionalidad, y se limita al control posterior sin invadir deliberaciones internas ni revelar fuentes”. “Fuera de ese marco, pedir políticas, actas y “justificaciones” editoriales se parece más a una auditoría del criterio periodístico que a regulación legítima, y por tanto es razonable calificarlo como una injerencia inconstitucional en la libertad de prensa”, agregó. LEA TAMBIÉN Para el exmagistrado auxiliar de la Corte Constitucional Gonzalo Ramírez Cleves, la directriz de la CRC es “intrusiva”. “En Colombia existe una libertad informativa estrechamente ligada a la libertad de expresión. Los medios de comunicación tienen licencias para producir y emitir sus contenidos en televisión, radio, entre otros espacios. Que se esté solicitando este tipo de información parece una intromisión indebida del Estado en el ejercicio de esa libertad de expresión e información, que, aunque tiene límites, no debe restringirse al punto de impedir su ejercicio, como lo consagran los artículos constitucionales”, explicó.Por su parte, el penalista Fabio Humar calificó la decisión como “absolutamente ilegal”. “El Estado no puede tener injerencia en la prensa ni en sus contenidos, salvo en casos excepcionales en los que se ponga en riesgo a la comunidad, como la difusión de noticias falsas que generen pánico o terrorismo. No existen herramientas en el ordenamiento jurídico que permitan este tipo de prácticas”, señaló.La respuesta del PresidenteA través de X, el presidente Gustavo Petro se refirió a la decisión como una reacción al fallo del Consejo de Estado del pasado 9 de octubre, que ordenó a la CRC regular las alocuciones presidenciales bajo criterios de tiempo, temática y frecuencia.“Esa carta busca actuar conforme al fallo que un magistrado del Consejo de Estado expidió para censurarme. No sé si me censurará solo a mí o también a toda la prensa que use el espectro electromagnético”, escribió el mandatario.Qué viene para Perú tras la destitución de Dina Boluarte Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

¿Polémicas órdenes de la Comisión de Regulación de Comunicaciones a medios constituyen censura? Esto dicen los juristas
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