El Tribunal de Bogotá absolvió al expresidente Álvaro Uribe Vélez de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, por los que había sido condenado en primera instancia a 12 años de casa por cárcel. Los magistrados Manuel Antonio Merchán (ponente), Alexandra Ossa y Leonor Oviedo señalaron “errores metodológicos” en la sentencia de la jueza 44 penal del circuito, Sandra Liliana Heredia, así como vacíos argumentativos en la configuración de los dos delitos imputados.Álvaro Uribe Vélez Foto:Captura de pantalla”La sentencia incurrió en error al asumir que el interés del acusado en obtener pruebas lícitas equivalía a dolo determinador, interpretando falazmente recomendaciones de decir siempre la verdad como encargo ilícito sin evidencia”, dijo el magistrado ponente Manuel Antonio Merchán, con respaldo de sus colegas de Sala Alexandra Ossa y Leonor Oviedo, esta última quien salvó voto.La Sala excluyó como prueba las interceptaciones realizadas “por error” por la Corte Suprema de Justicia en 2018 a la línea del exmandatario. Contrario a lo que sostuvo la jueza Heredia, quien las avaló como un hallazgo imprevisto, el Tribunal las consideró ilegales, al no provenir de una orden judicial debidamente motivada.Además, cuestionó la credibilidad del testigo principal del caso, el supuesto exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, condenado a 40 años por secuestro. La magistratura resaltó su falsedad sobre haber pertenecido a grupos paramilitares y sus constantes contradicciones. Aunque se presentó como “el hombre de confianza” del exmandatario en el Bloque Metro de las autodefensas, en juicio admitió no conocerlo personalmente.El Tribunal consideró que la sentencia de la jueza Heredia “no acreditó artificio ni idoneidad del medio, e ignoró hipótesis alternativas y el estándar de duda razonable”, enfatizando que la imputación penal exige prueba sólida, “no conjeturas ni razonamientos circulares”.La crítica a la decisión judicial se centra en que la valoración probatoria se redujo a apreciaciones subjetivas sobre la credibilidad de los testigos, sin aplicar criterios técnicos. Tampoco se realizó el contraste necesario entre las declaraciones y las pruebas, requisito indispensable para acreditar un artificio idóneo.Tribunal de Bogotá lee sentencia en caso contra el expresidente Álvaro Uribe. Foto:Archivo particularSobre el delito de fraude procesal, el Tribunal señaló la ausencia de prueba directa y de artificio idóneo que impidiera configurar la conducta punible. En el capítulo del supuesto soborno a Monsalve, por ejemplo, la magistratura indicó que el análisis de la jueza Sandra L. Heredia fue deficiente: “No basta con la existencia de una dádiva; debe probarse la intención ilícita”, agregó.En los casos relacionados con los supuestos sobornos a Carlos Enrique Vélez (alias Víctor) y Eurídice Cortés, que la jueza Heredia consideró probados, la Sala advirtió que “el fallo introduce hechos ajenos a la acusación, vulnerando el principio de congruencia y el derecho de defensa”.En concreto, la Fiscalía no logró probar que Uribe estuviera detrás de los sobornos a alias Víctor, y la jueza basó su fallo en esas premisas falsas.Para el Tribunal, Vélez nunca afirmó que Uribe hubiera estado detrás de presuntos sobornos para que torciera su testimonio. De hecho, ante la “mendacidad” de sus declaraciones, el Tribunal compulsó copias para que lo investiguen por falso testimonio.Por estos motivos, se revocó la sentencia de primera instancia, se excluyeron las interceptaciones al expresidente Álvaro Uribe y se le absolvió de todos los cargos.Tribunal de Bogotá lee la sentencia contra Uribe. Foto:Sara Valentina Quevedo Delgado Redacción Justicia

‘No se demostró el dolo del acusado’
Shares: