La Sala Plena de la Corte Constitucional salvó parcialmente el artículo 237 del Código del Trabajo y avaló el descanso remunerado para todas las personas gestantes que accedan a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) o tengan abortos espontáneos.En el estudio de la norma, los magistrados encontraron una “omisión legislativa”, pues la licencia se limitaba únicamente a las mujeres cisgénero (trabajadoras), dejando por fuera a otras personas, como los hombres trans, que pueden decidir abortar o sufrir partos prematuros no viables.Manifestaciones a favor de la legalización del aborto y en contra de esta práctica. Foto:Héctor Fabio Zamora / EL TIEMPOLa Corte señaló que “los derechos laborales asociados a la gestación deben vincularse a la capacidad de gestar, no a otras razones”. Por esta razón, se modificó el parágrafo, incluyendo el término “persona gestante” y ampliando el beneficio a quienes afronten esta situación, sin importar su sexo o identidad de género.Esta interpretación de la ley con perspectiva de género busca, según la Sala Plena, proteger los derechos a la igualdad de las personas trans y no binarias, garantizando una protección laboral en situaciones de convalecencia, como los abortos.Así mismo, hace un llamado al uso del lenguaje inclusivo en todas las decisiones legislativas o jurídicas para que los derechos ganados cumplan con el principio de universalidad.Esta misma Corte, en febrero de 2022, despenalizó el aborto, convirtiendo a Colombia en el primer país de Latinoamérica en el que es legal hasta la semana 24. A cuatro años de esta decisión histórica, según datos de Profamilia, el 80 % de las personas gestantes que acceden a la IVE, lo hacen antes de la semana 12. En Colombia, el aborto es legal hasta la semana 24. Foto:iStockY, hasta febrero de 2025, alrededor de 150.000 mujeres (118 % más) accedieron al procedimiento de forma libre, segura y gratuita, a través la red de clínicas o por el sistema de telemedicina, es decir, guiadas de forma virtual para realizar abortos de menor complejidad desde casa. Durante 2024, se autorizaron más de 56.000 intervenciones.Sin embargo, según informes de organizaciones feministas y defensoras de derechos humanos, a cuatro años de la despenalización siguen existiendo brechas para el acceso oportuno al procedimiento, a la información y otro tipo de barreras como las objeciones de conciencia de los médicos tratantes. Por esta razón, la Corte ha reiterado que, cuando un médico decida no practicar el aborto por sus creencias, el centro de salud disponga de otro profesional capacitado para que los y las pacientes puedan materializar su decisión. Este mismo llamado ha hecho, por ejemplo, al Ministerio de Salud para hacer extensivo el derecho a las personas gestantes de las comunidades indígenas, muchas de ellas menores de edad o víctimas de violencia sexual.  Entrevista al gobernador de Córdoba, Erasmo Zuleta. Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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