En la Asamblea Nacional francesa se presenta este miércoles un informe sobre prescripción de los delitos de abusos sexuales infantiles en la Unión Europea que denuncia que el derecho a la tutela judicial efectiva de las víctimas es “una lotería del Código Postal”, dado que existen plazos de prescripción tan dispares entre los Estados miembros. El documento, redactado por Child Global (un foro mundial dedicado a temas de infancia y derechos de los niños) y Brave Movement End Childhood Sexual Violence (un movimiento que reúne a unos 800 activistas de todo el mundo que luchan por acabar con la violencia sexual infantil), va dirigido a la delegación permanente de Dinamarca, que ostenta la presidencia semestral del Consejo Europeo. “El acceso a la justicia es un derecho fundamental que no debería depender del estado de la UE en el que viva la víctima”, critica Miguel Hurtado, uno de los miembros de Brave Movement. “Este informe demuestra que la legislación española es profundamente mediocre, hay 15 países de la UE que han aprobado la imprescriptibilidad de los delitos sexuales más graves a menores y no se entiende que España aún no lo haya hecho”, añade. Es lo que se conoce como “derecho al tiempo”, el derecho al que apelan las víctimas de poder asumir y asimilar los abusos sufridos en la infancia y que cuando los verbalicen, aunque hayan pasado muchos años, puedan denunciarlos y ver a su agresor sentado en un banquillo.Hurtado sufrió abuso sexual infantil en el seno de la Iglesia y fue el primer denunciante del caso Montserrat. Es también la persona que más se ha involucrado en España para que el Congreso aprobara, en noviembre de 2024, la toma en consideración de la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores. El abuso sexual infantil, según las cifras del informe —presentado por la diputada socialista Colette Capdevielle y del diputado del grupo ecologista Arnaud Bonnet—, afecta a uno de cada cinco menores en la Unión Europea. En España, el estudio de prevalencia más completo hasta la fecha los cifra en tres de cada diez. La imprescriptibilidad de este tipo de delitos fue refrendada por el Parlamento Europeo el pasado mes de junio. Se votó a favor de que la propuesta de reforma de la Directiva europea 2011/93 incluya que los supuestos de agresiones sexuales contra menores no prescriban ni en la vía penal ni en la civil. El texto contó con la aprobación casi mayoritaria de la delegación de europarlamentarios españoles (solo Vox y Se acabó la fiesta se abstuvieron). El texto final de la ley dependerá del resultado de las negociaciones a tres bandas que comienzan este otoño entre el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo compuesto por los Estados miembros y la Comisión Europea.En ese debate entra de lleno la presentación de este informe en el que se ha redactado un ranking de los países de la UE clasificados como “los peores” y “los mejores” en la tutela judicial de las víctimas de abusos sexuales infantiles. Lo lideran Bélgica, Chipre, Dinamarca, Hungría, Irlanda y Países Bajos, ya que han eliminado la prescripción de todos los delitos de abuso sexual infantil o de los más graves. Es decir: en esos países, la persona que ha sufrido en la infancia un abuso sexual tiene la posibilidad de denunciarlo cuando lo haya procesado, algo que puede y suele ocurrir cuando han pasado incluso décadas. La edad media de revelación de los abusos por parte de los supervivientes es de 52 años. Es un tipo de delito que conlleva miedo, vergüenza, culpabilidad. La víctima, para poder sobrevivir, lo oculta a su entorno e incluso a sí misma. Hasta que el recuerdo despierta. Y, cuando lo hace, en la mayoría de los casos, la víctima que decide denunciar, ya adulta, se encuentra con que el delito ha prescrito y no hay opción de que su agresor se siente en el banquillo. Los peores paísesEn el ranking de “los peores”, según el informe, se encuentran Bulgaria, Finlandia, Lituania y Eslovaquia. En esos países, el plazo de prescripción empieza a correr desde la comisión del delito. Si el plazo es de 20 años, por ejemplo, y la víctima lo sufrió con 12, cuando cumpla 32 ya se habrá cerrado la vía judicial. La posición de España en el ranking es intermedia, junto a Francia —donde se está debatiendo en el parlamento una ley de imprescriptibilidad― y Alemania. La ley española —a la espera de que la toma en consideración que se votó el año pasado pase los trámites parlamentarios necesarios para que se lleguen a reformar los artículos 131.3, 132.1 y 133,2 del Código Penal— ha suspendido el inicio del plazo de prescripción en los delitos de abuso sexual infantil hasta que la víctima cumpla treinta y cinco años. España tiene un plazo mínimo de prescripción de cinco y uno máximo de veinte, y plazos intermedios de prescripción de diez y quince años, dependiendo de la gravedad del delito. Cuando los plazos más breves impiden el procesamiento de estos delitos, los abusadores de menores no son condenados y tampoco ingresan en el registro de delincuentes sexuales, por lo que tienen toda la libertad de acceder a puestos profesionales o de voluntariado con contacto directo con menores. Algunas instituciones, como la Iglesia Católica, han aprovechado este vacío en la legislación para enviar a los abusadores sexuales a países en desarrollo, donde han seguido cometiendo abusos contra menores vulnerables. Los firmantes del informe piden que, “como mínimo, la revisión de la directiva de la UE debería establecer que el plazo de prescripción para todos los delitos de abuso sexual infantil no expire antes de que las víctimas alcancen la edad de 53 años”. Y añaden: “Instamos a los responsables políticos de la UE a garantizar que la nueva directiva busque como objetivo la abolición de los plazos de prescripción en todas las legislaciones nacionales de la UE y, como medida provisional, que el artículo 16 de la drectiva refundida establezca que los plazos de prescripción se extiendan hasta que las víctimas cumplan cincuenta y tres años”.

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