Si bien el fallo absolutorio del Tribunal Superior de Bogotá a favor del expresidente Álvaro Uribe Vélez no modifica de manera directa la condena que pesa sobre su exabogado Diego Cadena, sí podría tener repercusiones jurídicas en las próximas etapas del proceso.El 30 de septiembre el penalista fue condenado a siete años de prisión domiciliaria. Como representante del expresidente Álvaro Uribe, se probó que ofreció dádivas al condenado Juan Guillermo Monsalve para que cambiara su versión sobre el exmandatario, retractándose de señalamientos en los que lo ligaba a Uribe con la creación de un grupo paramilitar en Antioquia, en los años 90.La condena fue apelada por el defensor Iván Cancino ante el Tribunal Superior de Bogotá, que tendrá que definir si la absuelve, modifica o ratifica la pena. Por el momento no se conocen los magistrados que revisarán el expediente en la Sala Penal, que tal y como se prevé en el caso Uribe, podría ir a la Corte Suprema en sede extraordinaria de casación.Diego Cadena, ex apoderado de Uribe, procesado por presunto soborno a testigos y fraude procesal. Foto:Archivo ParticularEste martes, en el caso de Uribe el Tribunal tumbó la condena de 12 años de prisión domiciliaria que pesaba sobre él por los delitos de fraude procesal y soborno a testigos. En una decisión de 716 páginas, la Sala Penal concluyó que “ninguna prueba acreditó que Uribe Vélez hubiera determinado a Cadena para recaudar pruebas mediante ofrecimientos ilícitos”. Según el fallo, la sentencia de primera instancia “incurrió en error al asumir que el interés del acusado en obtener pruebas lícitas equivalía a dolo determinador, interpretando falazmente recomendaciones de decir siempre la verdad como encargo ilícito sin evidencia”.Para los magistrados, si las declaraciones de algunos testigos resultaban dudosas o falsas, la jueza de primera instancia, Sandra Liliana Heredia, debió contemplar la posibilidad de que las gestiones de los abogados de Uribe en las cárceles fueran legítimas, al tratar de obtener una nueva versión ajustada a la verdad. Uno de los puntos centrales del razonamiento del Tribunal, tanto en el caso del condenado Juan Guillermo Monsalve como en el del ‘expara’ Carlos Enrique Vélez, es que ofrecer incentivos para lograr que se conozca la verdad no constituye delito, y que no se demostró que Uribe hubiese estado al frente de ofrecimientos ilegales de su abogado Cadena.El penalista Diego Cadena asegura que ha actuado apegado a la ley. Foto:Archivo ParticularEn ese contexto, el abogado Camilo Rojas señala que aunque los procesos son “absolutamente independientes”, el fallo genera interrogantes sobre la coherencia judicial. “Uno no entendería cómo si el presunto determinador resulta ser absuelto, entonces la persona que está siendo acusada por ese mismo delito, en otro proceso, vaya a tener una decisión distinta. Ahora, eso vuelve otra vez al margen de la autonomía y la independencia de los jueces”, dijoPor su parte, el abogado penalista Saúl León considera que aunque los casos guardan cierta correlación, la independencia de los despachos impide que el fallo del Tribunal modifique automáticamente la condena de Cadena.“No tiene por qué impactarlo directamente desde el punto de vista fáctico, porque son otros radicados, otro juez, otras partes. Pero sí puede ocurrir que las tesis jurídicas, argumentativas y jurisprudenciales que señaló el Tribunal Superior de Bogotá se apliquen, porque están plenamente vigentes para todos los procesos penales”, dijo.En la misma línea, el abogado Fabio Humar coincide en que los hechos son distintos, pero no descarta que la decisión de la Sala Penal de Bogotá marque un precedente favorable. “Son hechos aislados. Se llevan en salas separadas. Es factible que en el caso Cadena se apliquen las tesis del Tribunal de Bogotá. Es decir, que la sala que conoce del caso Cadena aplique esas tesis y, por esa vía, absuelva”, indicó.Redacción Justicia

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