“El magistrado Jorge Enrique Ibáñez fue ternado por el Consejo de Estado, de tendencia ultraconservadora, en un contexto político de oposición directa al actual Gobierno, circunstancia que compromete objetivamente su independencia frente a decisiones que afectan políticas esenciales del Ejecutivo”. En esos términos, el ciudadano Alfonso Alegre Roa presentó una recusación contra el magistrado ponente de la demanda de inconstitucionalidad de la reforma pensional.La solicitud también señala que, tras hacerse pública su ponencia, el magistrado Ibáñez recurre a “expresiones valorativas y juicios de conveniencia política que exceden el análisis estrictamente jurídico”.Sanción de la reforma pensional en la plaza de Bolívar. Foto:PresidenciaEl presidente del alto tribunal pide tumbar la norma por supuestos vicios de trámite que no fueron subsanados durante las sesiones extraordinarias de la Cámara de Representantes del 27 y 28 de junio.Entre los argumentos que expone se destacan errores en la convocatoria, falta de quórum decisorio para aprobar el orden del día y, lo que consideró la raíz de la ilegalidad de la norma, la ausencia de la debida deliberación —discusión y votación del articulado—, motivo por el cual el pasado 17 de junio, en una decisión salomónica de la Sala Plena, la norma había sido devuelta al Congreso.”Usa argumentos falaces que, a la luz de la jurisprudencia y la doctrina legislativa de la Ley 5 de 1992, evidencian un análisis con sesgos antijurídicos, como si su papel fuera el de legislador en lugar de interpretador y garante judicial de lo concerniente a la aprobación de las leyes, competencia que corresponde exclusivamente al ámbito jurídico. Esta postura deja claro que resulta imposible que tome partido en este caso, por lo que sería recomendable convocar a un juez ad hoc, preferiblemente conocedor de derechos humanos —respetuosa sugerencia—, como un miembro de la CIDH, que examine con detenimiento la constitucionalidad de la ley demandada”, se lee en la recusación. Este recurso se suma a otra recusación en contra del magistrado Héctor Carvajal, radicada por la demandante de la ley, la senadora Paloma Valencia Laserna. En este momento se está redactando el auto, luego de que la Sala Plena decidiera abrir el incidente. Corte Constitucional Foto:CortesíaCarvajal, abogado, amigo del Presidente y ternado por él, según la congresista, estaría impedido para discutir y votar la constitucionalidad de la reforma porque en 2024 celebró dos contratos con la estatal Colpensiones para emitir conceptos jurídicos sobre la misma.Ahora la Sala deberá decidir si admite a estudio la recusación del magistrado Ibáñez y, al igual que ocurrió con la del magistrado Carvajal, determinar si es pertinente abrir el incidente.Sin embargo, según expertos consultados por este diario, una recusación por el sentido de la ponencia —destinada al estudio privado de la magistratura— no tendría mayor asidero. Le corresponde a la Sala Plena evaluar y ponderar las argumentaciones jurídicas del magistrado sustanciador y, en caso de discrepar, votar en contra.Ambas recusaciones —la del magistrado Carvajal, cuyo concepto jurídico se alinearía con la línea oficialista, y la del magistrado Ibáñez, identificado con la tendencia opositora— podrían inclinar la balanza en la decisión, que se ha convertido en el epicentro de un intenso debate político. En la pugna ha intervenido el Gobierno, a través del presidente Petro y del ministro del Interior, Armando Benedetti, y hasta —lo que algunos juristas califican como presión indebida— las centrales obreras, que convocaron a manifestaciones frente al Palacio de Justicia.Riesgo de la escalada de la tensión diplomática con EE. UU. Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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