La Corte Suprema de Justicia negó el recurso de reposición presentado contra la acusación de los expresidentes del Congreso, el senador Iván Name y el representante Andrés Calle. Con este auto, quedaría en firme el llamado a juicio por los delitos de cohecho impropio y peculado por apropiación a favor de terceros.Los congresistas seguirán bajo medida de aseguramiento en el pabellón de funcionarios públicos de la cárcel La Picota. Ahora, el expediente pasa a la Sala Especial de Primera Instancia, que se encargará de judicializar a los aforados.Corte Suprema de Justicia. Foto:EL TIEMPOLa Sala ya había negado un recurso de la defensa del representante Calle, que solicitaba su libertad, considerando que la calificación del proceso se realizó “cumpliendo los tiempos establecidos en la normatividad”.En la solicitud de reposición, el congresista alegaba, entre otras razones, vulneraciones al debido proceso en el recaudo de pruebas y vacíos en la argumentación de la imputación del delito de peculado por apropiación de terceros, por lo que pedía que se retirara este cargo.Estos reparos también fueron expresados por algunos magistrados de la Sala, incluida la magistrada Cristina Lombana, quien cuestionó el conjunto de conclusiones que señalan a los antiguos presidentes del Congreso como autores del delito de cohecho impropio e intervinientes en peculado por apropiación. Para el magistrado ponente, está probado que recibieron un soborno de 4.000 millones de pesos (3.000 a Name y 1.000 a Calle) para favorecer el trámite legislativo de las iniciativas del Gobierno.Ivan Name y Andrés Calle Foto:Diego Caucayo / Nestor Gómez. EL TIEMPOEstos recursos habrían sido desviados de un contrato de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo destinado a la adquisición, con sobrecosto, de 40 carrotanques para abastecer de agua a las rancherías de La Guajira, en uno de los mayores escándalos de corrupción del gobierno Petro, por el que también están siendo investigados otros seis congresistas.”Mediante una solicitud abiertamente improcedente, reclamó a la Fiscal Novena Delegada toda la información recaudada hasta ese momento en el marco de dichas negociaciones. La petición fue respondida el 26 de junio de 2024, indicando que era imposible remitir esa información, puesto que, conforme a los artículos 8 literal d y 359 inciso 2º de la Ley 906 de 2004, nada de lo allí incorporado podía ser utilizado, salvo que concluyeran exitosamente las negociaciones (estaban negociando el preacuerdo) o que los imputados o sus defensores consintieran libre y expresamente en ello, lo cual no ocurrió, sino que se logró bajo presión”, señaló la magistrada en un duro salvamento de voto.Y agregó: “Estos interrogantes no resueltos no son meras especulaciones retóricas. Si los procesados han negado sistemáticamente la recepción del dinero, lo mínimo exigible era demostrar su existencia para poderles atribuir ese señalamiento. Esto tampoco se probó en relación con las campañas de sus allegados, ya sea de manera oficial o fraudulenta. Pese a las indagaciones, nada se ha comprobado al respecto”.¿Qué viene para Perú tras la destitución de Boluarte? Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

Corte Suprema confirma llamado a juicio contra los expresidentes del Congreso Iván Name y Andrés Calle
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