La Corte Constitucional falló a favor de una deportista trans que interpuso una tutela contra la Liga Antioqueña de Voleibol, tras ser excluida de la categoría femenina en medio de un torneo. El estudio del recurso estuvo a cargo de la Sala Octava de Revisión que concluyó que la medida vulneró sus derechos a la igualdad, al deporte y a la identidad de género, al imponer una regla que exigía haber nacido mujer para competir.El caso surgió luego de que la atleta, con una trayectoria de más de una década en el voleibol, fuera notificada de manera sorpresiva sobre la modificación del reglamento mientras participaba en los “Torneos Departamentales 2024”.En el estudio de la tutela, que contó con la ponencia del magistrado saliente José Fernando Reyes Cuartas, la Corte consideró que la Liga desconoció el contexto de la deportista, quien había competido siempre en la categoría femenina, mantenía niveles de testosterona iguales o menores a los de sus compañeras y no había registrado ventajas competitivas que representaran un riesgo.Corte Constitucional Foto:Corte ConstitucionalEn su análisis, el alto tribunal destacó que no existe certeza científica sobre la supuesta ventaja de las atletas trans frente a las cisgénero, dado que influyen múltiples factores como la composición corporal, la capacidad de entrenamiento, la nutrición y los procesos hormonales.“En este análisis, llegó a dos conclusiones. Primero, que no existe certeza científica respecto de la existencia de una ventaja competitiva de las atletas trans frente a las deportistas cisgénero y que las ventajas que pueden presentarse dependen de diversas variables vinculadas a la composición corporal; la capacidad de entrenamiento; la nutrición; el impacto del desarrollo hormonal y las terapias de supresión de testosterona; y el contexto de los y las deportistas”, señala el fallo.Por ello, señaló que la discusión internacional presenta tres enfoques: inclusión plena, exclusión total o evaluaciones individualizadas de elegibilidad.José Fernando Reyes Cuartas, magistrado saliente de la Corte Constitucional. Foto:CortesíaLa Sala sostuvo que la exclusión plena adoptada por la Liga no superaba un juicio de igualdad y afectaba gravemente los derechos fundamentales de la accionante y subrayó que, en situaciones de esta naturaleza, las autoridades deportivas deben analizar las particularidades de cada caso y evitar generalizaciones que desconozcan la diversidad de experiencias de las mujeres trans.”En conclusión, para la Sala en casos como el estudiado es imprescindible analizar las particularidades de la situación concreta a fin de establecer una solución que responda al con texto específico de cada deportista y valore, caso a caso, los argumentos de todas las afectadas. Esta obligación se traslada a las autoridades deportivas”, dijo el alto tribunal.Como resultado, la Corte ordenó a la Liga Antioqueña permitir la participación de la jugadora en sus torneos y modificar el artículo 4 de su reglamento, eliminando la regla de exclusión total.También instruyó al Ministerio del Deporte para acompañar a la Liga en la adecuación normativa y revisar los reglamentos de otras ligas bajo su vigilancia, con el fin de garantizar que no existan disposiciones similares. La decisión fue adoptada por mayoría, con salvamento de voto de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger.Redacción JusticiaJusticia@eltiempo.comMás noticias de Justicia:

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