“A sus 87 años, e incluso dejando de lado las enfermedades que la aquejan, los falladores ordinarios estaban obligados —desde luego, con pleno apego a la ley— a examinar de fondo esas circunstancias que la hacen vulnerable, por tratarse de una mujer de avanzada edad, lo que impone un tratamiento especial.” En estos términos, la Corte Suprema de Justicia llamó la atención a los jueces de primera y segunda instancia que condenaron a una mujer de 87 años a cuatro años y medio de prisión, sin contemplar la posibilidad de concederle prisión domiciliaria.La Corte decidió ratificar parcialmente la sentencia y otorgarle el beneficio de prisión domiciliaria, al que, según indicó, “podía acceder, dado que no existen prohibiciones para ello, como lo habían señalado” tanto el Juzgado Tercero como el Tribunal de Bucaramanga.Adulto Mayor Foto:iStockLa mujer había sido condenada por el delito de omisión del agente retenedor o recaudador, al incumplir sus obligaciones como representante legal de una empresa, consistente en tributar mensualmente los dineros recaudados por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a favor de la Dian. Según la investigación, dichos recursos dejaron de ser consignados en determinados periodos, generando una deuda superior a los 56 millones de pesos.Si bien la Corte no desconoce los fundamentos de la condena, advirtió que los jueces sí contaban con herramientas legales para decidir sobre la prisión domiciliaria, especialmente desde una perspectiva etaria. Criticó que se haya dejado esta determinación en manos del juez de ejecución de penas, encargado de supervisar el cumplimiento de la condena.Corte Suprema de Justicia Foto:César MelgarejoPor esta razón, en sede de casación, la Sala determinó que la mujer podrá cumplir la pena en su residencia, previa suscripción de un compromiso y el otorgamiento de una caución equivalente a un salario mínimo mensual vigente. Así mismo, advirtió que “en consideración a su edad, es necesario que cuente con todos y cada uno de los permisos que requiera para su atención médica, y que el Inpec realice la reseña y demás procedimientos administrativos del caso en la casa de la condenada, y no en un centro carcelario”.Reforma a la Salud: debate estancado. Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

Por su edad, Corte Suprema concede prisión domiciliaria a mujer de 87 años condenada por evasión de impuestos
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